CUENTAS ABIERTAS

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Una cuenta bancaria abierta es aquella de titularidad de cualquiera de los sujetos incluidos en el ámbito subjetivo de la Ley 6/2017 de Cuentas Abiertas de Aragón, a la que cualquier ciudadano puede tener acceso en los términos y condiciones previstos en la misma, principalmente a través de los correspondientes portales de transparencia.

En el ámbito de las administraciones públicas incluidas en el ámbito subjetivo de esta Ley, no tendrán la consideración de cuentas bancarias abiertas las cuentas restringidas de recaudación y las correspondientes a provisiones de fondos.

¿Por qué? (Marco legal)

Ley 6/2017 de Cuentas Abiertas de Aragón
Artículo 4. Lugar de publicación.
Toda la información sujeta a las obligaciones de transparencia previstas en esta ley será publicada en los respectivos portales de transparencia, sedes electrónicas o páginas web de las instituciones, entidades y organismos sometidos a la misma, sin perjuicio de la obligación de facilitar al departamento responsable del mantenimiento del Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón las correspondientes direcciones web para poder realizar los correspondientes enlaces con ellas.

Texto íntegro del marco legal